Fondo de Garantía (FOGAIN) - Val y Abogados

Fondo de Garantía (FOGAIN)

fondo de garantía

Un fondo de garantía es una herramienta puesta a disposición por parte de los distintos países, que, para los supuestos de inversores que han trabajado con entidades reguladas, y en los que las mismas han caído en un estado de insolvencia, ofrecen una indemnización que compense parcialmente la pérdida.

Para poder participar en los mercados de valores es necesario recurrir a las entidades autorizadas para prestar servicios de inversión (entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva). La obtención de esta autorización implica que se trata de entidades sujetas al cumplimiento de requisitos de solvencia y normas de conducta destinados a proteger al inversor. La Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Banco de España supervisan el cumplimiento de estas exigencias legales.

El Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) ofrece una indemnización a los inversores de sus entidades adheridas (empresas de servicios de inversión y sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva) en determinados supuestos de insolvencia de la entidad que presta el servicio de inversión, por el dinero y valores depositados o confiados a la entidad. Para las entidades de crédito existen los fondos de garantía de depósitos que ofrecen garantías equivalentes a los clientes de dichas entidades.

¿Qué supuestos cubre el FOGAIN?

El FOGAIN asegura a los clientes de una entidad adherida la recuperación del efectivo y los instrumentos financieros entregados a la entidad y que ésta posea, administre o gestione por cuenta del inversor, con un máximo de 100.000 euros por inversor, cuando la entidad no pueda restituírselos por alguna de las siguientes circunstancias:

  • Concurso de acreedores.
    Declaración administrativa de la CNMV indicando que la sociedad no puede cumplir con las obligaciones contraídas con sus clientes por razones relacionadas con su situación financiera.
  • Para esto es necesario que hayan transcurrido 21 días hábiles desde que el inversor hubiera solicitado sin éxito la restitución de sus bienes (efectivo o valores).

Es importante recordar que el FOGAIN no cubre las pérdidas de valor que sufran las inversiones como consecuencia del funcionamiento de los mercados ni por insolvencia del emisor.

Casos en los que no existe cobertura en Fondo de Garantía

  • Las operaciones realizadas a través de intermediarios no autorizados (chiringuitos financieros) no se benefician de la protección del FOGAIN ni de ningún otro Fondo de Garantía. De ahí la importancia de acudir a entidades autorizadas para prestar servicios de inversión y supervisadas por las autoridades competentes.
  • Las inversiones en bienes tangibles (sellos, árboles, obras de arte, animales exóticos, etc.) no se benefician de la cobertura del FOGAIN ni de ningún otro sistema de compensación a inversores, ya que no se trata de inversiones financieras.
  • La insolvencia de un emisor en ningún caso estará cubierta por el FOGAIN. Por ello si la emisión no está sujeta al control de la CNMV debido a sus características (por ejemplo, si la inversión mínima es de 50.000 euros) la CNMV recomienda a los potenciales inversores que se informen adecuadamente, tanto de las características de la emisión como de la situación del emisor. En caso de dificultades para la comprensión y análisis de la información facilitada, es aconsejable solicitar asesoramiento de una entidad habilitada.

Te ayudamos a recuperar tu dinero de un broker regulado

En el caso de querer recuperar dinero de un bróker regulado, el objetivo se suele conseguir con bastante frecuencia. Entonces te preguntarás ¿cómo recuperar dinero de un broker regulado?

Los bróker regulados están obligados a cumplir una normativa establecida por el regulador del país en el que operan. Por ejemplo, en España no deben ofrecer asesoramiento, no se deben ofrecer bonos… Es muy frecuente que los operadores incumplan en alguna de estas obligaciones. En ese caso se puede reclamar toda o una parte de la inversión realizada.

Para ello, recomendamos fervientemente hacer esta acción de la mano de un equipo jurídico especializado. Le ayudará a maximizar las posibilidades de resolución del conflicto, y la experiencia será mucho más satisfactoria. En Val y Abogados contamos con expertos en derecho penal y en derecho procesal penal que te proporcionarán todo el asesoramiento necesario para poder iniciar el proceso de reclamación al broker, lo que te recomendamos hacer cuanto antes evitando caducidad de plazos de reclamación. Te ayudamos a recuperar tu dinero perdido en un bróker regulado. Puedes contactar con nosotros por medio del formulario de la web o directamente en el siguiente número de teléfono: 91 378 39 93. Nuestros profesionales se pondrán en contacto contigo a la mayor brevedad posible.

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